jueves, 4 de diciembre de 2014

PUNTOS DE VISTAS JURÍDICOS

Luego de la investigación y la recolección de datos sobre los aspectos que rodean e influyen a la Abogacía, puedo reafirmar que es lo que realmente lo que quiero ser.
Creo que la Abogacía es una profesión realmente interesante, y sobre todo atrapante por todo lo que ella significa, vista desde los distintos aspectos y puntos de vista, es maravilloso como el que puede conocer las leyes puede ayudarnos a proteger y a protegernos de las injusticias, los delitos y las distintas violaciones a las leyes que se dan en la actualidad.

La siguiente información recabada para realizar este blog me ayudó a reafirmarme que esto es lo que quiero ser, con lo que deseo trabajar. Y por sobre todo me ayudó a conocer con qué ambiente me veré rodeada toda mi vida.
Yaritza Peña

La abogacía desde todos los tiempos hasta hoy el hoy en día juega un gran papel fundamental dentro de la  sociedad y la democracia las cuales se desarrollan en la medida que sus integrantes, especialmente sus abogados, buscan promover, construir y fortalecer jurídicamente las instituciones estatales y privadas, con la finalidad de alcanzar paz, armonía, justicia y bienestar social. Todo esto se puede llevar a cabo siempre y cuando el abogado tome en cuenta los aspectos y mandamientos como algunos otros aspectos que dentro de este se blog se le presenta.

Mayly Jimenez 

miércoles, 3 de diciembre de 2014

ASPECTOS DE LA ABOGACIA Y MANDAMIENTOS DEL ABOGADO

    1. Aspectos Sociales que integran e influyen en el mundo de la Abogacía.
    2. Aspectos Económicos que integran e influyen en el mundo de la Abogacía.
    3. Conveniencia o vocación.
    4. Aspectos políticos que integran e influyen en el mundo de la abogacía.
    5. Aspectos Culturales Que Integran E Influyen En El Mundo De La Abogacía.
    6. Aspectos Morales que integran e influyen en el mundo de la Abogacía


    MANDAMIENTOS:
    • 1º ESTUDIA.
    • 2º PIENSA.
    • 3º TRABAJA.
    • 4º LUCHA.
    • 5º SÉ LEAL.
    •  6º TOLERA.
    • 7º TEN PACIENCIA.
    • 8º TEN FE.
    • 9º OLVIDA.
    • 10º AMA A TU PROFESIÓN.

    ÉTICA Y ABOGACIA

    La falta de ética en los abogados constituye la trama principal en la película en la que, no sin razón, se señala a esta profesión como vinculada “al mal”, sin contenido moral alguno. En realidad esta premisa ha ido concretándose con el tiempo, y lamentablemente no podemos contradecir rotundamente que la profesión jurídica no está venida a menos, sobre todo en lo que se refiere a la calidad de su ejercicio y su repercusión en la sociedad, pues esta sociedad es la que finalmente la ha venido perjudicándose con los resultados que acarrea este problema.
    Muchas veces nos hemos preguntado si tienen razón los literatos, políticos o juristas –y hasta los cineastas como el de esta película–, que menosprecian si no denigran la profesión de la abogacía, al culparla de muchos males sociales no sólo por el exceso de formalismos que desnaturalizan el proceso, convirtiéndolo en enfermedad social, instrumento de dilación, chantaje o represión, sino también, por las propias funciones públicas cumplidas por los abogados en los Poderes del Estado, el periodismo, la docencia, actividades a las que contaminaron. La respuesta es que en gran medida les asiste la razón. La literatura, el derecho o la política –y obviamente el arte–, son manifestaciones de la conciencia social; traducen indudablemente las condiciones estructurales de la sociedad que las produce y expresan siempre en mayor o en menor grado el pensamiento de la sociedad, la opinión de la colectividad.


    La abogacía es una de las profesiones más trascendentales de la vida social; no sólo porque se ejercita utilizando el derecho como su instrumento fundamental en la búsqueda de la justicia, sino porque está directamente relacionado con los bienes jurídicos del individuo de la sociedad, cuya protección organiza la ley. El abogado, utilizando valores sociales como el derecho o la justicia, tiene en sus manos valores individuales también muy importantes como la vida, la libertad y el honor. Se trata pues de una actividad eminentemente social y que por eso trasciende, inclusive, del caso particular al propio orden de la sociedad, pues, su objetivo no es solamente alcanzar la sentencia que repare la injusticia en el conflicto de intereses sino que por su precisión de justicia, contribuya al restablecimiento del orden social quebrantado. En suma, la mayor responsabilidad social del abogado radica en la búsqueda de la justicia al servicio de la humanidad.


    martes, 2 de diciembre de 2014

    IMPORTANCIA DE LA ABOGACIA


    • El estudio de la abogacía es importante por tres razones fundamentales:
    • El abogado es la persona llamada a defender los intereses individuales de las personas
    • El abogado es el que esta llamado a defender las garantías constitucionales que tenemos todos los individuos.
    • El abogado es la persona que lucha contra los abusos del poder público, especialmente contra los gobiernos de facto. 

    lunes, 1 de diciembre de 2014

    DEFINICIÓN DE ABOGADO E HISTORIA DE LA ABOGACIA

    Etimológicamente la palabra abogado viene del latín AD VOCATUS, que quiere decir “llamado a”, por lo tanto, el abogado es el llamado a defender los intereses del litigante.
    Se dice también que deriva del término BOZERO, el cual se alude en las siete partidas, que es una colección de leyes y costumbres de gran interés histórico, redactada por Alfonso X “El Sabio”. Bozero significa conocedor de leyes y el diestro en manejar el arte de la palabra.

    Científicamente podemos definir al abogado, como perito en derecho positivo, encargado de defender por escrito o mediante palabra los intereses de su cliente y de absolver consultar.




    HISTORIA DE LA ABOGACÍA

         Para abordar este tema, es importante distinguir entre el hecho de abogar y la profesión de abogar.
         El hecho de abogar consiste en defender a los demás por honor y gratitud; jamás se busco retribución económica alguna. El hecho de abogar lo encontramos en las legislaciones antiguas como: Babilonia, Israel, Grecia y otras.
        La profesión de abogar aparece cuando las personas con conocimientos en derecho buscan una retribución económica.
         En las legislaciones de Oriente e Israel, no encontramos todavía al abogado propiamente dicho, sino tan sólo a defensores caritativos encargados de ayudar a los demás.
         Es en Roma en donde el Derecho adquiere autonomía y el ejercicio de la profesión se va institucionalizando.
         En los primeros tiempos, los abogados debían ser buenos oradores y eran elegidos por el pretor del pueblo, quien escogía a quienes debían actuar como defensores en el proceso que se desarrollaba en el fórum. De allí nace la palabra: ad-vocatus: el llamado a defender a otro. Al intensificarse la vida jurídica se comenzó a exigir estudios específicos para ser abogado, surgiendo las denominaciones de advocati, patroni o causiadici. Existían ya en esa época los defensores de oficio; y los abogados debían inscribirse en el Collegium Togatorum, (uso de la toga blanca), siendo su número reducido e inamovible.

         En esta legislación encontramos importantes normas deontológicas, como: no ultrajar a la contra parte, no alargar el pleito innecesariamente, no hacer pacto cuota de litis, etc., normas que hasta hoy día las debemos tomar en cuenta para el ejercicio de la profesión.
    En España se destacaron las leyes de las Siete Partidas, de donde surgen los requisitos para ser Abogado: debían tener 17 años de edad, no poseer defectos físicos, ser varones y conocedores del derecho. Se exigía la inscripción en la matrícula y juramento de desempeñar fiel y rectamente el mandato, debiendo además rendir examen en las audiencias orales. Se castigaba el prevaricato, y se prohibía el pacto de cuota litis, según la Novísima Recopilación. Constituían faltas graves descubrir secretos a la parte contraria o a terceros en favor del letrado, aconsejar a dos parte contrarias en un mismo asunto o ayudar a una parte en primera instancia y a otra en segunda, alegar cosas maliciosas, pedir pruebas innecesarias, alegar sobre falsas leyes a sabiendas, o abogar contra disposiciones expresadas en las leyes.

         En la vida colonial se aplicaron, en orden de prelación, las siguientes leyes: la recopilación castellana de 1680, las leyes del Fuero Real y los fueros municipales, las Siete Partidas, el Fuero Juzgo, y subsidiariamente el Derecho Romano. En cuanto al aspecto que estamos considerando, los Abogados debían matricularse, siendo su deber primordial el de guardar el secreto profesional, que no podían revelar de ninguna manera, no teniendo derecho ninguna autoridad para solicitar tal revelación.- Las apelaciones debían interponerse con decoro, pues de lo contrario serían penados por injuria y multados por los excesos. El respeto entre abogados y jueces debía ser mutuo.
         A partir del siglo XIX la abogacía alcanzó jerarquía de profesión liberal, cuyo ejercicio podían realizar solamente las personas que tuvieran conocimientos y prácticas suficientes como para garantizar, de alguna manera, los trabajos confiados a ellos.